Como yo tambien ya estaba re confundido con esto del mecanismo de Solidaridad, fui a buscar directa a la fuente (FIFA
http://es.fifa.com/mm/document/affedera ... 122007.pdf)
Contribución de solidaridad
Si un jugador profesional es transferido durante el periodo de vigencia de un contrato, el 5% de cualquier indemnización pagada al club anterior, salvo de la indemnización por formación, se deducirá del importe total de esta indemnización y será distribuida por el nuevo club como contribución de solidaridad entre el club o los clubes que a lo largo de los años han formado y educado al jugador. Esta contribución de solidaridad se realizará proporcionalmente, en función del número de años que el jugador ha estado inscrito en cada club durante las temporadas comprendidas entre la edad de 12 y 23 años,
de la forma siguiente:
– Temporada del 12º cumpleaños:
5% (es decir 0.25% de la indemnización total)
– Temporada del 13º cumpleaños:
5% (es decir 0.25% de la indemnización total)
– Temporada del 14º cumpleaños:
5% (es decir 0.25% de la indemnización total)
– Temporada del 15º cumpleaños:
5% (es decir 0.25% de la indemnización total)
– Temporada del 16º cumpleaños:
10% (es decir 0.5% de la indemnización total)
– Temporada del 17º cumpleaños:
10% (es decir 0.5% de la indemnización total)
– Temporada del 18º cumpleaños:
10% (es decir 0.5% de la indemnización total)
– Temporada del 19º cumpleaños:
10% (es decir 0.5% de la indemnización total)
– Temporada del 20º cumpleaños:
10% (es decir 0.5% de la indemnización total)
– Temporada del 21º cumpleaños:
10% (es decir 0.5% de la indemnización total)
– Temporada del 22º cumpleaños:
10% (es decir 0.5% de la indemnización total)
– Temporada del 23º cumpleaños:
10% (es decir 0.5% de la indemnización total)
Artículo 2 Procedimiento de pago
1. El nuevo club deberá abonar al club o los clubes formadores la contribución de solidaridad conforme a las disposiciones precedentes, a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la inscripción del jugador o, en el caso de pagos parciales, 30 días después de la fecha de dichospagos.
2. Es responsabilidad del nuevo club calcular el monto de la contribución de solidaridad y distribuirlo conforme al historial de la carrera del jugador, tal como fi gura en el pasaporte del jugador. Si es necesario, el jugador asistirá al nuevo club a cumplir con esta obligación.
3. Si no se puede establecerse en el transcurso de 18 meses después de su transferencia un vínculo entre el jugador profesional y cualesquierade los clubes que lo formaron, la contribución de solidaridad se abonará a la asociación o asociaciones del país o países donde se formó al jugador profesional. La contribución de solidaridad se destinará a
programas de desarrollo del fútbol juvenil de la asociación o asociaciones en cuestión.
4. La Comisión Disciplinaria podrá imponer medidas disciplinarias a los clubes
que no cumplan las obligaciones estipuladas en el presente anexo
Ahora, yo entiendo que a USV le va a quedar el 1%, a nosotros el 2% y al Anderlecht otro 2%. Alguien que conozca en detalle la historia de Matias lo puede mejorar al calculo...Le pido disculpas a
Raulo, ya que yo lo corregi erradamente en el porcentaje...