pitucoelperro escribió:Creo que pedir una asamblea para hablar de temas deportivos es solamente fructífero a los fines de meter presión a la cd para que sepan que no nos da lo mismo cualquier cosa. Que nos preocupa el futuro deportivo del club. Para otra cosa no va a servir.
Suelen ser un quilombo las asambleas para aprobar los ejercicios financieros/contables del club (netamente numéricos), imagínense una donde haya gente que pida por bielsa, al lado de otro que lo pide al ruso, detrás de otro que lo pide al cuqui marquez y delante de uno que lo quiere probar a guidara de 8!!
No sé, repito, si es por lo primero hasta voy (aunque sea para hacer número), pero sabiendo que va a ser imposible tratar de meter alguna idea.
ARTICULO 50º: Las Extraordinarias se realizarán:
a) Cuando la C.D. las convoque con especificación expresa de los asuntos a
tratarse;
b) A pedido de la Comisión Fiscalizadora;
c) A solicitud de no menos de sesenta socios, con derecho a voto y para tratar las
cuestiones que expresamente se indiquen. Estos pedidos deberán ser resueltos
dentro de un término de quince (15) días. Aprobada ésta, dentro de los diez días
de dictada la resolución, deberá convocarse y celebrarse con las formalidades del
art. 53 y si no se tomase consideración la solicitud o se le negare
infundadamente, podrán los solicitantes requerirla al órgano controlador estatal,
para que proceda de conformidad con las disposiciones legales pertinentes.
ARTICULO 51º: En los casos de Asambleas solicitadas por lo socios, las mismas
podrán constituirse con la presencia de la cantidad de socios que la solicitaron, como
mínimo. No concurriendo ese número, el pedido quedará anulado.
ARTICULO 52º: Los asuntos que deben ser resueltos en Asamblea Extraordinaria, son
los siguientes:
a) Compra o venta de bienes muebles hasta un 5% del presupuesto general.
b) Edificación de inmuebles por un valor mayor del 12% del presupuesto general.
c) Compra, hipoteca o venta de inmuebles en los términos del art. 13°;
d) Solicitud de préstamos a Instituciones públicas o privadas por una suma mayor
al 10% del presupuesto general con aval de la Comisión Directiva.
e) Reformas del presente estatuto, requiriéndose un quórum del veinticinco por
ciento de los socios activos y vitalicios en condiciones de votar y una mayoría
de dos tercios de los socios presentes.
f) Fusión con otra institución, modificación de su objeto primario, para lo cual será
necesario la presencia de los dos tercios de los socios con derecho a votar y una
mayoría de dos tercios de los presentes.
g) Autorización para suscribir contratos con jugadores profesionales, cuando
superen la partida autorizada en el presupuesto en un treinta por ciento.
ARTICULO 78º: Además tendrá las siguientes atribuciones y deberes:...
i) Aceptar o denegar la solicitud de socios, no teniendo en este último caso los
solicitantes derechos a pedir explicaciones de ninguna clase
r) Adquirir, transferir, ceder y contratar los derechos sobre jugadores profesionales
o no, que pertenezcan o no a la Institución, estas atribuciones deberán ser
ejecutadas conforme a las facultades estatutarias, dejando constancia en actas, lo
que así no fuere, responderán los directivos personalmente de las consecuencias
económicas que las mismas le pudieran traer aparejadas al Club.
s) Convocar a Asamblea Ordinaria que fija el Estatuto o Extraordinaria, cuando lo
creyere necesario o a pedido de socios dentro del término estatutario
Pirataricotero escribió:ARTICULO 50º: Las Extraordinarias se realizarán:
a) Cuando la C.D. las convoque con especificación expresa de los asuntos a
tratarse;
b) A pedido de la Comisión Fiscalizadora;
c) A solicitud de no menos de sesenta socios, con derecho a voto y para tratar las
cuestiones que expresamente se indiquen. Estos pedidos deberán ser resueltos
dentro de un término de quince (15) días. Aprobada ésta, dentro de los diez días
de dictada la resolución, deberá convocarse y celebrarse con las formalidades del
art. 53 y si no se tomase consideración la solicitud o se le negare
infundadamente, podrán los solicitantes requerirla al órgano controlador estatal,
para que proceda de conformidad con las disposiciones legales pertinentes.ARTICULO 51º: En los casos de Asambleas solicitadas por lo socios, las mismas
podrán constituirse con la presencia de la cantidad de socios que la solicitaron, como
mínimo. No concurriendo ese número, el pedido quedará anulado.ARTICULO 52º: Los asuntos que deben ser resueltos en Asamblea Extraordinaria, son
los siguientes:
a) Compra o venta de bienes muebles hasta un 5% del presupuesto general.
b) Edificación de inmuebles por un valor mayor del 12% del presupuesto general.
c) Compra, hipoteca o venta de inmuebles en los términos del art. 13°;
d) Solicitud de préstamos a Instituciones públicas o privadas por una suma mayor
al 10% del presupuesto general con aval de la Comisión Directiva.
e) Reformas del presente estatuto, requiriéndose un quórum del veinticinco por
ciento de los socios activos y vitalicios en condiciones de votar y una mayoría
de dos tercios de los socios presentes.
f) Fusión con otra institución, modificación de su objeto primario, para lo cual será
necesario la presencia de los dos tercios de los socios con derecho a votar y una
mayoría de dos tercios de los presentes.
g) Autorización para suscribir contratos con jugadores profesionales, cuando
superen la partida autorizada en el presupuesto en un treinta por ciento.ARTICULO 78º: Además tendrá las siguientes atribuciones y deberes:...
i) Aceptar o denegar la solicitud de socios, no teniendo en este último caso los
solicitantes derechos a pedir explicaciones de ninguna clase
r) Adquirir, transferir, ceder y contratar los derechos sobre jugadores profesionales
o no, que pertenezcan o no a la Institución, estas atribuciones deberán ser
ejecutadas conforme a las facultades estatutarias, dejando constancia en actas, lo
que así no fuere, responderán los directivos personalmente de las consecuencias
económicas que las mismas le pudieran traer aparejadas al Club.
s) Convocar a Asamblea Ordinaria que fija el Estatuto o Extraordinaria, cuando lo
creyere necesario o a pedido de socios dentro del término estatutario
wepiojero escribió:falcioni es un crack y tiene personalidad. No esta enfermo pobre?
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